Colombia | Artículos de revistas
dc.contributorColombia - Corte Constitucional
dc.date.accessioned2018-09-27T15:28:50Z
dc.date.accessioned2019-05-22T22:45:51Z
dc.date.available2018-09-27T15:28:50Z
dc.date.available2019-05-22T22:45:51Z
dc.date.created2018-09-27T15:28:50Z
dc.identifierRevista de derecho penal - No. 11 (Feb.-Mar., 1999).-- p. 194-197
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/1992/5844
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/2765062
dc.description.abstractConcesión del beneficio a los nacionales colombianos. Tratamiento respecto de extranjeros que hubieren cometido los mismos delitos. Diferencia con la amnistía. A diferencia de la amnistía que se refiere al delito borrando su criminalidad, el indulto implica solo perdon de la pena pero no despojo al hecho de su carácter ilicito y de su tipicidad penal. Por implicar la amnistía renuncia del Estado a su potestad soberana de perseguir y castigar los delitos, y tener el carácter de medida general e impersonal, su concesión es atributo privativo del poder legislativo; en cambio, el indulto es particular ya que se refiere a determinada o determinadas personas, se concede por el Presidente de la República por acto administrativo, según las condiciones generales señaladas por la ley
dc.languagespa
dc.rightsopenAccess
dc.sourceinstname:Universidad de los Andes
dc.sourcereponame:Séneca
dc.titleIndulto
dc.typeArtículos de revistas


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