legislation
Estudiantes extranjeros
Registro en:
Resolución Ministerial 1813/78
Autor
LLERENA AMADEO [Ministro]
Institución
Resumen
Cada universidad nacional instituirá anualmente un cupo de vacantes para ser ocupadas por estudiantes extranjeros, sin residencia en el país, que deseen comenzar carreras universitarias. Este cupo será independiente de los cupos que pudieron establecerse para estudiantes nacionales