dc.creatorROTHE [Ministro]
dc.date2011-10-12T04:48:00Z
dc.date2011-10-12T04:48:00Z
dc.date1942-03-03
dc.date.accessioned2019-05-22T19:40:29Z
dc.date.available2019-05-22T19:40:29Z
dc.identifierhttp://repositorio.educacion.gov.ar:8080/dspace/handle/123456789/78657
dc.identifierResolución Ministerial 3/42
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/2725180
dc.descriptionLas excenciones a las clases de Educación Física podrán fundarse en razones de salud, por distancia entre el domicilio del peticionario y el lugar de las clases, por causa de trabajo coincidente con el horario de la materia, si se desarrolla en distinto turno que las demás clases
dc.relationBoletín del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública de la Nación Argentina, no. 24, 1942. p. 359-360
dc.subjectEDUCACION FISICA
dc.titleRégimen de excenciones
dc.typelegislation
dc.coverageNACIONAL


Este ítem pertenece a la siguiente institución