dc.date.accessioned2018-01-24T11:51:47Z
dc.date.accessioned2018-03-15T18:02:24Z
dc.date.available2018-01-24T11:51:47Z
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dc.date.created2018-01-24T11:51:47Z
dc.date.issued2016
dc.identifier2413-2810
dc.identifierhttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/14701
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/1175588
dc.description.abstractLa razonabilidad en la interpretación de la ley es un deber que no necesariamente se cumple. Si la corrección y armonía en la interpretación jurídica es percibida como signo de pericia jurídica y de integridad, el error es señalado como una transgresión o descarrío en la aplicación correcta de la norma, en la que cuenta mucho la valoración y actitud del intérprete. Saber cuándo se produce el error no sólo depende del llamado "sentido común" o de esa intuición capaz de detectar inconsistencias éticas. La idea de una facultad especial destinada a tal aprehensión constituiría un riesgo al dejar en manos del intérprete, lo que en su concepto es un comportamiento interpretativo correcto. Por ello el propósito mediato de una interpretación adecuada es la emisión de una decisión jurídica razonable y, consecuentemente, la protección al gobernado contra dislates deliberados o fortuitos.
dc.languagees
dc.subjectPericia jurídica
dc.subjectInterpretación de la ley
dc.subjectEtica
dc.titleLa interpretación viciada de los Conceptos Jurídicos Indeterminados
dc.typeArtículos de revistas


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