dc.description.abstract | Las instituciones públicas del Estado Plurinacional de Bolivia para ejecutar sus actividades planificadas requieren de la dotación de los recursos humanos y materiales considerados en la planificación de contratación, caso contrario no será posible alcanzar los resultados deseados.
Las contrataciones de bienes y servicios, construcción de obras, servicios de consultoría, seguros y otros pueden ser definidas como el acto de adquirir la calidad adecuada de los bienes y/o servicios u obras necesarios, a un precio razonable, en la cantidad apropiada y además de ser entregados en el debido lugar y a su debido
tiempo.
Para realizar las compras y/o la contratación de bienes y servicios de manera óptima,
el comprador debe tener en cuenta los aspectos mencionados, por tanto la contratación de un bien o servicio resulta ser una función compuesta por una serie de operaciones cuyo cumplimiento garantizará que los bienes y servicios adquiridos
satisfagan las necesidades que motivaron su compra.
En las entidades del Sector Público boliviano la contratación de bienes y servicios,
está regulada por el Artículo 10º de la Ley Nº 1178.
A lo largo de la historia han sucedido innumerables casos de fraude y corrupción que
han tenido impactos catastróficos en las Instituciones Públicas.
Este tema cada vez está adquiriendo mayor fuerza debido a la mayor complejidad de
la globalización y al uso de la tecnología.
Por lo tanto, estos factores hacen que las Instituciones públicas operen con un mayor
nivel de riesgo operativo.
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De acuerdo a estadísticas el 1% de los trabajadores de una Institución Pública está sujeto a cometer delitos, a objeto de aprovechar las oportunidades que se les presenten y aprovecharlas en su beneficio.
La detección y prevención de fraudes requieren la atención de todos a nivel de organización, debido a que en la actualidad éstos no son identificados por el funcionamiento del control interno, por el contrario son descubiertos por casualidad
y/o denuncias. | |