legislation
Reconocimiento oficial de títulos
Registro en:
Resolución Ministerial 2477/98
Autor
DECIBE [Ministro]
Institución
Resumen
El reconocimiento oficial títulos de posgrado cuyos trámites se inicien en períodos en los que la carrera respectiva no se encuentre convocada por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) para su acreditación, se otorgará provisoriamente, previo dictamen de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria. Tal reconocimiento caducará de pleno derecho si la institución no solicitara la acreditación de la carrera en la primera convocatoria que se efectuara con posterioridad a su otorgamiento Derogada por RM 51/00 (Gestión Juri)