Artículos de revistas
Una importante sentencia sobre temas constitucionales
Fecha
1988Registro en:
Temas de Derecho Año III Nº 1 1988 pp. 20- 28
07163908
Autor
Evans de la Cuadra, Enrique
Institución
Resumen
En primer término, cabe destacar que la Excelentísima Corte vuelve a sentar la tesis, ya antigua, de que para que pueda prosperar un recurso de Inaplicabilidad es indispensable que las normas legales tachadas de inconstitucionales tengan una directa relación con la gestión judicial en que incide el Recurso. En la especie la Corte concluyó que las peticiones de la Sociedad xx en el expediente del Primer Juzgado de Puente Alto consistían esencialmente en
establecer el valor de los terrenos ocupados por Chilectra Metropolitana para ejecutar las obras en el predio sirviente, de dominio de esa sociedad y en obtener el pago de la indemnización procedente, materias que no dicen relación con los preceptos legales objetados de inconstitucionales por la recurrente, lo que habría bastado, según la Corte para desechar el recurso. No obstante lo anterior, el alto Tribunal resolvió analizar cada tacha de insconstitucionalidad alegada. Nos encontramos, por consiguiente, frente a una sentencia del Pleno
de la Excelentísima Corte Suprema del más grande interés y que está llamada a marcar algunas pautas de trascendencia en la jurisprudencia constitucional chilena.