dc.contributorCubillos, Luis Miguel
dc.creatorZubiría Posada, Catalina de
dc.date.accessioned2014-09-16T16:00:07Z
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dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10554/9978
dc.identifierinstname:Pontificia Universidad Javeriana
dc.identifierreponame:Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javeriana
dc.identifierrepourl:https://repository.javeriana.edu.co
dc.description.abstractDesde el año 2008, el Consejo de Estado le ha dado un cambio a su jurisprudencia en el sentido de adaptarla a los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de reparación integral a las víctimas de violaciones a derechos humanos. En este sentido, el Consejo de Estado ha venido ordenando medidas de satisfacción de carácter no pecuniario de manera igual a como lo hace la Corte Interamericana cuando condena a un Estado por haber cometido un hecho ilícito internacional violando derechos humanos. El presente trabajo tiene por objeto estudiar los efectos que se pueden generar en el ordenamiento jurídico colombiano con la imposición de estas nuevas formas de reparación de carácter no pecuniario, analizando la posición que ha tomado el Consejo de Estado en la materia, y los pronunciamientos que ha hecho en relación con las posibles tensiones que se pueden generar entre los principios de reparación integral, proporcionalidad y congruencia y en relación con los derechos de las entidades estatales (debido proceso y derecho de defensa, en particular). Es indudable que las medidas de satisfacción de carácter no pecuniario resultan deseables y necesarias para proteger los derechos humanos y reparar a las víctimas de una manera completa. No obstante, su extrapolación del ámbito internacional al nacional, amerita un análisis sobre los efectos que dichas medidas pueden generar dentro del ordenamiento para así poder lograr en el futuro legitimarlas desde todos los puntos de vista, y no solo desde el de las víctimas.
dc.languagespa
dc.publisherPontificia Universidad Javeriana
dc.publisherDerecho
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsDe acuerdo con la naturaleza del uso concedido, la presente licencia parcial se otorga a título gratuito por el máximo tiempo legal colombiano, con el propósito de que en dicho lapso mi (nuestra) obra sea explotada en las condiciones aquí estipuladas y para los fines indicados, respetando siempre la titularidad de los derechos patrimoniales y morales correspondientes, de acuerdo con los usos honrados, de manera proporcional y justificada a la finalidad perseguida, sin ánimo de lucro ni de comercialización. De manera complementaria, garantizo (garantizamos) en mi (nuestra) calidad de estudiante (s) y por ende autor (es) exclusivo (s), que la Tesis o Trabajo de Grado en cuestión, es producto de mi (nuestra) plena autoría, de mi (nuestro) esfuerzo personal intelectual, como consecuencia de mi (nuestra) creación original particular y, por tanto, soy (somos) el (los) único (s) titular (es) de la misma. Además, aseguro (aseguramos) que no contiene citas, ni transcripciones de otras obras protegidas, por fuera de los límites autorizados por la ley, según los usos honrados, y en proporción a los fines previstos; ni tampoco contempla declaraciones difamatorias contra terceros; respetando el derecho a la imagen, intimidad, buen nombre y demás derechos constitucionales. Adicionalmente, manifiesto (manifestamos) que no se incluyeron expresiones contrarias al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, la responsabilidad directa en la elaboración, presentación, investigación y, en general, contenidos de la Tesis o Trabajo de Grado es de mí (nuestro) competencia exclusiva, eximiendo de toda responsabilidad a la Pontifica Universidad Javeriana por tales aspectos. Sin perjuicio de los usos y atribuciones otorgadas en virtud de este documento, continuaré (continuaremos) conservando los correspondientes derechos patrimoniales sin modificación o restricción alguna, puesto que, de acuerdo con la legislación colombiana aplicable, el presente es un acuerdo jurídico que en ningún caso conlleva la enajenación de los derechos patrimoniales derivados del régimen del Derecho de Autor. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. En consecuencia, la Pontificia Universidad Javeriana está en la obligación de RESPETARLOS Y HACERLOS RESPETAR, para lo cual tomará las medidas correspondientes para garantizar su observancia.
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectPrincipio de reparación integral
dc.subjectPrincipio de congruencia
dc.titleAnálisis crítico de las medidas de satisfacción de carácter no pecuniario en la jurisprudencia de lo contencioso administrativo


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