dc.date.accessioned2017-12-22T16:49:03Z
dc.date.accessioned2018-03-15T18:02:01Z
dc.date.available2017-12-22T16:49:03Z
dc.date.available2018-03-15T18:02:01Z
dc.date.created2017-12-22T16:49:03Z
dc.date.issued2016
dc.identifierhttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/14574
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/1175461
dc.description.abstracten tiempos inmemoriales, el ser humano en el largo del camino de su evolución, se fue dando cuenta, que dentro (en su propia naturaleza) se albergaba algo tan complejo y destructivo, esto que no es sino la difícil tarea de poder autorregularse. para corregir dicho defecto de la naturaleza, se dio cuenta que era necesario, que alguien ajeno a él, lo ayude a conducirse en el camino correcto. tal situación, que le obligó, a transferir ciertos poderes — como una suerte de magia y de ficción — a un grupo de personas (éste se denominó gobierno), a fin de señalarles el camino de los actos correctos, y prohibiendo los actos incorrectos. el hecho de que una persona entregue una cierta cantidad de dinero al estado, y éste lo utilice para su propia manutención (gastos y/o servicios públicos) a fin de causar impacto y generar bienestar y paz social, dicha acción legislada deberá estar amparada dentro de los preceptos de justicia que regula nuestra constitución, entendiéndose esto, respetándose los derechos fundamentales y /o principios, éstos últimos que deberán encausarse en el aspecto del derecho tributario. lo antes señalado determina de manera general que el concepto de "deuda" solo incluirá aquella prestación pecuniaria a la que queda obligado el contribuyente a entregar al fisco, propiamente el llamado tributo insoluto. sin embargo, nos percatamos que el tributo si no es cancelado a tiempo se le deben incluir el interés y mantenimiento de valor al igual que no se cumplen con algunas formalidades por parte del contribuyente, éste se hará acreedor de alguna multa. en este sentido, la deuda tributaria existe desde el momento en el que fuera determinada por el propio contribuyente o por parte de la propia administración tributaria en el caso de la determinación de oficio, siendo exigible a partir del día siguiente del vencimiento en el que se deba cumplir con su pago. la deuda tributaria surge a partir del concepto de tributo, que de acuerdo a la ley 2492 (código tributario) en su artículo 9°, el tributo es la obligación en dinero de los sujetos pasivos hacia el estado, con la finalidad de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines. este sujeto pasivo tiene la obligación de cumplir con sus tributos para poder proveer recursos al estado y este garantice los derechos fundamentales de los (as) bolivianos de acuerdo a la constitución política del estado. ahora bien, el sujeto pasivo es el llamado contribuyente, pues contribuye en proporción a su capacidad económica de sus ingresos al estado, puede tener carácter de persona natural o persona jurídica de acuerdo a la naturaleza de su constitución. sin embargo, independientemente del carácter que tenga debe cumplir con la obligación de sus tributos y adecuarse a las normas, leyes y resoluciones emitidas por la administración tributaria; de lo contrario estará sujeto a las sanciones correspondientes. es así, que para lograr el correcto cumplimiento de estas obligaciones tributarias la ley 2492 en su artículo 78°, determina la existencia de las declaraciones juradas, que son la manifestación de hechos, actos y datos que el contribuyente debe comunicar a la administración tributaria en la forma, medios, plazos y lugares emitidos para el efecto. dichas declaraciones juradas son los llamados "formularios" en los que se resume el movimiento que tuvo el contribuyente dentro de su actividad económica. las declaraciones juradas deben ser presentadas por una única vez en el periodo y si por algún requerimiento ya sea del contribuyente o de la administración tributaria se necesitará realizan alguna rectificación, podrá realizarse la misma siempre y cuando esté sujeta a las disposiciones legales vigentes. luego de hacer un breve resumen conceptual de lo que es la obligación tributaria, el contribuyente y las declaraciones juradas; el análisis en el que se basa la presente monografía es la determinación de la deuda tributaria que es generada en la declaración jurada que realiza el contribuyente y no es cancelada en el mismo formulario; es decir cuando el contribuyente presenta una declaración jurada con impuesto determinado (saldo a favor del fisco) y no lo cancela o lo cancela parcialmente, entonces la administración tributaria detecta una deuda, que de acuerdo a la ley 2492 en su artículo 47° y 93° determina y utiliza las mecanismos a su alcance para el cobro respectivo.
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés. Facultad de Ciencias Económicas. Carrera de Contaduría Pública. Instituto de Investigaciones en Ciencias contables, Financieras y Auditoria. Unidad de Postgrado
dc.subjectDEUDA TRIBUTARIA
dc.subjectSERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES
dc.titleDeterminación de la Deuda Tributaria por el Servicio de Impuestos Nacionales
dc.typeTesis


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