dc.contributor-, -
dc.creatorRamírez Zuluaga, Jonier Alejandro
dc.date.accessioned2023-11-10T16:29:52Z
dc.date.accessioned2024-05-16T21:38:50Z
dc.date.available2023-11-10T16:29:52Z
dc.date.available2024-05-16T21:38:50Z
dc.date.created2023-11-10T16:29:52Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/10901/27541
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9488022
dc.description.abstractManizales tiene quince entidades de orden Municipal y durante los últimos años la contratación directa fue la forma más concurrente para vincular personal. Gran parte de esa contratación se llevó a cabo mediante la tipología de contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión. Se observó que esos contratistas prestaron sus servicios en las instalaciones de las entidades, cumplieron por orden del personal directivo un horario similar al del personal de planta, sus labores correspondían a objetivos misionales, no ejercían tareas especializadas y constantemente recibían instrucciones, las cuales debían ser cumplidas a cabalidad en algunos casos diferentes a su objeto contractual. En términos generales, cuando una persona contratada mediante la modalidad de prestación de servicios era sometida al cumplimiento de un horario y continua subordinación, pero no recibía prestaciones sociales como el personal de planta, evidentemente sus derechos fundamentales fueron vulnerados y se configuró un contrato de trabajo. La acción de tutela cobró un papel protagónico en la defensa de los derechos fundamentales teniendo en cuenta que las altas cortes, especialmente la Corte Constitucional reconoció la posibilidad de acceder a este mecanismo para otorgar los derechos y acreencias laborales de un contrato realidad. Sin embargo, a través de un proceso ordinario puede ser declarado vía judicial el contrato realidad en contra de una entidad estatal, la cual se verá obligada a pagar cuantiosas sumas de dinero a la parte demandante. Este documento contiene la conceptualización de los casos en los que fue declarado el contrato realidad a través de la acción de tutela en las entidades públicas de orden municipal en Manizales en el año 2021 y la necesidad de reformar las plantas de personal con el fin de evitar condenas cuantiosas para el Estado.
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dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectContrato realidad
dc.subjectAcción de tutela
dc.subjectSubsidiariedad
dc.subjectIgualdad
dc.subjectContratación
dc.subjectPrimacía de la realidad
dc.titleProcedencia de la acción de tutela para declarar el contrato realidad en las entidades estatales de orden municipal en Manizales en el año 2021


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