dc.contributorgalindo, cesar
dc.creatorgutierrez gonzalez, cielo julieh
dc.date.accessioned2023-10-02T19:25:46Z
dc.date.accessioned2024-05-16T21:33:21Z
dc.date.available2023-10-02T19:25:46Z
dc.date.available2024-05-16T21:33:21Z
dc.date.created2023-10-02T19:25:46Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/10901/26846
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9487360
dc.description.abstractLa dependencia histórica de la propiedad privada con los derechos personales ha logrado crear un conjunto de disposiciones legales y sistemas de regulación variados en cuanto al cómo debe manejarse la capacidad de disposición del patrimonio sin afectar tanto los derechos personales, como los derechos colectivos en círculos cercanos o dependientes, como en esferas externas que tienen inferencia de algún modo en la disposición de dicho patrimonio. El derecho sucesoral parte de la premisa anterior, regulando un aspecto de la disposición de dicho patrimonio mortis causa, la transmisión de derechos patrimoniales es la disposición voluntaria o legal que se genera a partir de un hecho específico, la muerte de un causante, este hecho crea las condiciones para que se ejecute esa libertad de disponer, previamente, de la distribución o participación que se debe hacer en su patrimonio en vida, la creación de una libertad de este tipo tiene un conjunto de reglamentación y limitaciones establecidas en los diferentes sistemas jurídicos, reglamentaciones que varían de acuerdo al carácter proteccionista o liberal del sistema en el cual se aplique, pero que además responden a dinámicas sociales y por lo tanto pueden ser cambiadas, restringiendo esa libertad como en el sistema francés, ampliándola como el sistema estadounidense o mediándola como el sistema alemán, es así que, la comparación de dichas restricciones y libertades testamentarias crea una orbita de interpretación que ayuda al entendimiento y adecuada aplicación del derecho, observado esto, a través de la revisión de las influencias de sistemas jurídicos en otros, como lo es el sistema francés, español, alemán y estadounidense, en los sistemas latinoamericanos, específicamente en Colombia. Para en el caso de la ley 1934 de 2018, en Colombia, haciendo uso del derecho comparado, se pueden establecer características tanto restrictivas como permisivas con respecto a otros sistemas de los cuales el derecho nacional se ha alimentado, al mismo tiempo que se evidencian los cambios sobre los cuales a versado la aplicación de esta norma; los elementos identificados evidencia una amplitud en el ejercicio de esa libertad de testar, sin desarraigarse completamente del sistema influenciador francés del que tiene su origen el sistema colombiano
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dc.relationCodigo Civil y Comercial de la Nación de Argentina
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectTestar
dc.subjectComparado
dc.subjectSistemas
dc.subjectTransmisión
dc.subjectPatrimonio
dc.subjectLibertades
dc.subjectRestricciones
dc.titleComparado La Libertad de Testar en Colombia y las modificaciones de la ley 1934 de 2018.


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