Responsabilidad Patrimonial del Estado Colombiano desde la óptica de los principios generales del Derecho de enriquecimiento sin justa causa y el principio de buena fe.
Autor
Calderón Santacruz, Luis Carlos
Institución
Resumen
El sistema jurídico Colombiano es positivista, (Art. 23 de la C.N.), donde resulta curioso encontrar una teoría, que, tanto en su origen como en gran parte de su evolución y aplicación, es producto de la iniciativa de los jueces; es el caso de “la responsabilidad extracontractual del Estado”, que en su fundamento y principios es fruto de la jurisdicción Contencioso Administrativa, apoyada en los pilares constitucionales, la jurisprudencia extranjera y los valiosos aportes de la doctrina. (Armenta, 2009)
La transformación que trajo la Constitución Política de 1991, especialmente en su artículo 90, hace referencia a la responsabilidad extracontractual del Estado, permitiendo al universo jurídico colombiano un acercamiento a la tendencia expansiva a nivel internacional sobre este tema.
Metamorfosis que resulto ser útil, para resolver los conflictos que se presentan en la sociedad Colombiana y que contribuyen a una convivencia pacífica. Una de las principales herramientas que permiten acercarnos a cumplir con los fines del Estado propuesto por la Carta Magna, es la responsabilidad patrimonial vista a través de los principios de: “nadie puede enriquecerse sin justa causa”, y el principio de buena fe.