El dictamen pericial y la responsabilidad extracontractual del estado por falla médica
Autor
Córdoba Guzmán, Lizeth Johana
Institución
Resumen
En los procesos judiciales, donde se discute una falla en la prestación del
servicio médico respecto de entidades del orden estatal, el órgano encargado
de dirimir este tipo de conflictos considera que puede acudirse a cualquiera de
los medios de prueba establecidos en la legislación colombiana para probar
los hechos que interesan al proceso, a lo que se le ha llamado “libertad
probatoria”, por lo que se ha señalado que este tipo de asuntos requieren de
diversas pruebas tales como testimonios, historia clínica, indicios, informes y
dictamen pericial; este último, requerido para ilustrar sobre especiales
conocimientos técnicos, científicos o artísticos con los que el juzgador no
cuenta, ha tenido un mérito suasorio mayor en este tipo de procesos.
Es así como, aunque el juez está facultado para formar libremente su
convencimiento cuando se alega una mala praxis médica y la consecuente
responsabilidad del Estado, lo cierto es que, al realizar un estudio de las
sentencias emitidas en la materia por el Consejo de Estado para el periodo
2020-2021, se evidenció la importancia insoslayable que dicha Corporación le
otorgó al dictamen pericial, de manera que la labor probatoria para quienes acuden a la administración de justicia resulta compleja pues, de no contar con
este, será casi imposible que se acceda a las pretensiones de la demanda
dado que, según la tendencia de esa Corporación, solo con este se
determinará si los galenos actuaron contrario o no a la lex artis, lo que se
traduce en una tendencia negativa hacia un estándar probatorio que establece
como único modo para acreditar la alegada falla médica, la existencia de un
perito que así lo determine, o en últimas, una tarifa legal para probar que el
daño irrogado fue consecuencia de la conducta –activa u omisiva– de los
médicos tratantes.