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Delito de feminicidio y sentencia firme en el Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Pasco, 2019
Fecha
2023-12-19Autor
Torres Bernachea, Carina Violeta
Resumen
El feminicidio es una figura o institución jurídica, amparada por el derecho penal
desde el momento que el hombre comete el delito de feminicidio ante el ser humano
mujer sin consideraciones humanas, mediando la violencia de género.
“Según los alcances de Diana E. Russell, en el año de 1976, se declara
la organización jurídica del tribunal internacional sobre el crimen contra las
mujeres, definida como femicidio el asesinato de las mujeres cometido por
hombres conscientes la violencia sexual.
Se detecta el fenómeno del feminicidio como una problemática social, que
necesita ser explicado, registrando sus causas, dimensiones y efectos, sobre la lucha
por la igualdad que han sufrido las mujeres sin consideración y subestimación del
género masculino ante el estado natural y normal de las mujeres” (Pariona, R. 2014,
p.14).
El valor de las mujeres como seres capaces de elegir y decidir sus
responsabilidades es discriminado por agresiones y maltratos permanentes que
reciben, pese a sus logros como seres inferiores e incapaces. Sucede porque los
hombres hacen prevalecer su posición dominante.
“El feminicidio es la violación inhumana de los derechos humanos de las
mujeres y las niñas, por la praxis del machismo. Es la expresión extrema de la
violencia de género, ejercida por los hombres ante las mujeres desde años atrás,
desnaturalizada y tolerada por la sociedad, el feminicidio, es resultado de los
actos de violencia, cometida por los varones sobre las mujeres durante años por
diferentes motivos, promoviendo un sentido de propiedad, control, y dominación
del hombre a la mujer. Es obligación del Estado velar por los derechos de las
personas mujeres, garantizando su vida e integridad con seguridad, dignidad y
equidad” (Salinas, R. 2015, p.15).
Según la regulación normativa la figura jurídica del feminicidio se encuentra
establecida en el artículo 80 inciso 11 del código penal que responde e impone reclusión
iv
o prisión perpetua; además aplicarse lo dispuesto por el artículo 52, al que matare a
una mujer cuando el hecho sea cometido por el hombre, generando violencia de género.
“La figura jurídica es insuficiente en términos legales; porque la dinámica
del conflicto social y político demanda el cambio para la protección de los casos
de las mujeres que no tienen un vínculo marital, fuera de la protección de la ley
penal, como los asesinatos de mujeres, ejerciendo violencia sobre la víctima,
vulnerando sus bienes jurídicos contra el interés superior que representa la vida
dentro de nuestra escala de valores con la muerte. El agravante del feminicidio
es positivo para el ordenamiento jurídico, en términos de política criminal,
establecido la regulación específica del delito. La técnica legislativa en la
creación de la norma sirve para la interpretación judicial generando una especie
de inseguridad jurídica” (Reátegui, J. y Reátegui R. 2017, p.17).
La sentencia firme es la pieza jurídica redactada, lecturada y expedida como
conclusión del proceso completo, relacionando los contenidos de los considerandos del
fallo. Es un documento legal que emite el magistrado o los juzgados sobre el feminicidio,
después de un examen o investigación exhaustiva, con participación del Ministerio
público.
Cuando hay prueba testimonial en los hechos son tipificados por las normas
pertinentes con la orden de los jueces; se configura el fallo como resultado de la
infracción según la manifestación del agraviado. El tribunal valora la prueba de
conformidad con la libertad facultada por el artículo 297 del Código Procesal Penal.
La sentencia firme en el delito de feminicidio tiene que manifestarse de modo
cierto, efectivo, inmediato y oportuno para la ejecución de actos concretos, tendientes
a eliminar o atenuar los resultados del delito. El fallo o sentencia firme es expedido por
la Corte como objeto primordial de determinación de la pena.