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Informe de Expediente Civil N° 04689-2011-0-0401-JR-FC-01 Sobre: Impugnación de Paternidad. Informe de Expediente Administrativo N° 09296-2009-0-1801-JR-CA-06 Sobre: Nulidad de Acto Administrativo
Registro en:
Autor
Meza Aliaga, Melissa Daniela
Resumen
No se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales. Materia: Impugnación de Paternidad Nº de Expediente: 04689-2011-0-0401-JR-FC-01. El presente proceso recaído en Exp. 04689-2011-0-0401-JR-FC-01 trata de una demanda de impugnación de paternidad con el fin de que se deje sin efecto el reconocimiento realizado por el demandado. Materia: Nulidad de Acto Administrativo Nº de Expediente: 09296-2009-0-1801-JR-CA-06. El Expediente Contencioso Administrativo materia del presente informe jurídico se inició como consecuencia de la demanda que interpuso una empresa de publicidad en contra de la Municipalidad Distrital de Miraflores, por haber declarado la nulidad de la Resolución ficta que le otorgó una autorización para ubicar un anuncio publicitario en la azotea de un inmueble localizado en Miraflores. Por un lado, la demandante señaló que la autorización obtenida no incurría en causal de nulidad, mientras que, la Municipalidad, alegó que el anuncio publicitario no cumplía con las disposiciones técnicas dispuestas por el Texto Único de Procedimiento Administrativo de la Municipalidad de Miraflores, por lo que no correspondía autorizar la ubicación del anuncio publicitario.
En sede judicial, el juzgado contencioso administrativo de primera instancia declaró fundada en parte la demanda y, por ende, la nulidad de la Resolución que, a su vez, declaró nula la autorización ficta e infundada en el extremo referido a la nulidad de la Resolución que inicialmente declaró la improcedencia de la solicitud de autorización para la ubicación del anuncio publicitario.
En segunda instancia, la sala contenciosa administrativa revocó la sentencia materia de impugnación y reformándola la declaró infundada. No confirme con lo resuelto, la empresa publicitaria demandante interpuso Recurso de Casación que, finalmente, fue declarado improcedente por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema.