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Relaciones sentimentales prohibidas por la Ley del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas
Autor
Tello Tarrillo, Elvis Antonio
Resumen
Campus Lima Centro Ante la inexistencia de un trabajo de investigación que trate específicamente en una obra concreta el tema “RELACIONES SENTIMENTALES PROHIBIDAS POR LA LEY DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS” y las interrogantes que el mismo plantea, surge la necesidad de realizar un estudio, respecto a la Constitucionalidad de la Infracción “Muy Grave” que sanciona “mantener relaciones sentimentales con personal de distinta clasificación militar reconocida por la ley de cada institución armada”, debido a que considera estas facultades o potestades del personal militar como “Conducta Impropia.” Contraria a la disciplina militar.
La metodología empleada en el presente trabajo de investigación, es un enfoque cualitativo de los mismos, se basa en el estudio de normativas, doctrina, jurisprudencia (Sentencias del Tribunal Constitucional del Perú), derecho comparado, derechos humanos, tesis desarrolladas, entrevistas, encuestas, concernidas a la referida infracción “Muy Grave”.
Como objetivo Principal, se plantea demostrar la Inconstitucionalidad de la infracción “Muy Grave”, que sanciona las relaciones sentimentales cuando estas se mantienen con personal de distinta clasificación militar, establecida en la Ley.
Finalmente, para concluir que, las relaciones sentimentales amorosas y sexuales, no deben estar condicionadas mucho menos sancionadas por la Ley del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, porque como lo ha sostenido el Tribunal Constitucional, son parte del derecho constitucional al libre desarrollo de la personalidad, derecho consagrado en el Artículo 2º literal 1 de la Constitución Política. Tesis