info:eu-repo/semantics/other
Indecopi: Usuarios tendrán la opción de ser asistidos por personas cuando empresas brinden atención mediante bots
Fecha
2022-11-09Autor
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Oficina de Promoción y Difusión
Institución
Resumen
Tras la promulgación de la Ley N°31601, que modificó el artículo 1 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores deben ofrecer a los consumidores la opción de ser atendidos por una persona cuando brinden asistencia virtual. Es decir, si ofrecen atención mediante los llamados chatbot o callbot también debe ofrecer la opción de que sea una persona la que atienda al consumidor.