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Prohibición de negociación colectiva de remuneraciones en el sector público para el año 2021
Fecha
2024Registro en:
Zegarra, W. (2024). Prohibición de negociación colectiva de remuneraciones en el sector público para el año 2021. Tesis para optar el título profesional de Abogado, Escuela Académico Profesional de Derecho, Universidad Continental, Arequipa, Perú.
Autor
Zegarra Acuña, Walter Pavel
Institución
Resumen
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo estudiar la constitucionalidad del
artículo 6° de la Ley N.° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2021, la misma que hace mención a la prohibición del reajuste y/o incremento de
remuneraciones de cualquier naturaleza, pudiendo ser esta por su modalidad, forma, fuente
de financiamiento, periodo y otros. Asimismo, alega la prohibición de la aprobación de
nuevos beneficio, incentivos, bonos, retribuciones, estímulos y otros conceptos de cualquier
naturaleza con las mismas características ya citadas líneas arriba, por lo que en ese contexto
se infiere que la publicación de la citada ley resulta contraria y divergente a lo regulado en
el artículo 28° de nuestra Constitución Política del Perú, dado que en ella se reconoce los
derechosde sindicación, negociación colectiva y huelga, cautelando por encima de todo el
ejercicio democrático como la “garantía de libertad sindical” y no como un factor limitante
imperativo. Además, el presente trabajo de investigación tuvo un enfoque cualitativo de tipo
descriptivo, empleando el método exegético y dogmático jurídico, así mismo se empleó el
test de ponderación o proporcionalidad como método de interpretación de datos. La conclusión
más relevante indica que resulta inconstitucional la aplicación del artículo 6° de la Ley N.°
31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, toda vez que
transgrede el derecho a la negociación colectiva y, en consecuencia, resulta incoherente referir
que el Estado intenta perseguir un equilibrio financiero institucional.