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La determinación correcta del término defraudar y la existencia de la tentativa en el delito de colusión agravada
Fecha
2023-05-17Autor
Montalvo Zambrano, Carlos Andres
Institución
Resumen
En los últimos años se han generado recurrentes prácticas de corrupción en los procesos de contratación con el Estado, advertidos en la mala asignación de fondos y gastos públicos, operaciones fraudulentas, entre otros, ocasionando con ello nocivos impactos en la economía nacional y la insatisfacción del interés general, al verse la población limitada en el ejercicio de sus derechos fundamentales, como el derecho a la educación (colegios con infraestructura inadecuada), derecho a la salud (falta de hospitales) entre otros. Constituyendo el delito de colusión la norma implantada para prevenir estas conductas delictivas; sin embargo, dado la estructura actual del tipo penal y la incorrecta interpretación del término defraudar, ha ocasionado que la jurisprudencia siga una regla equivocada y crea que no es posible la tentativa en la colusión, aún, cuando su forma agravada es un delito de resultado; de modo que se genera una regulación jurídica deficiente que no garantiza de manera efectiva la seguridad en los derechos fundamentales de la población, pues se carece de una efectiva imputación de responsabilidades subsumidas en la figura delictiva correspondiente. Por lo tanto, teniendo en cuenta el enfoque de la presente investigación se pretende establecer los parámetros que diferencien las modalidades en el delito de colusión y la configuración de la tentativa en la colusión agravada.