info:eu-repo/semantics/article
Constitutional Court of Peru and Conflicts of Powers
Tribunal Constitucional del Perú y conflicto de poderes
Registro en:
10.18800/derechopucp.202301.012
Autor
Huerta Guerrero, Luis Alberto
Institución
Resumen
In Peru, the Constitutional Court has jurisdiction to resolve unconstitutionality and conflicts processes in a single instance, and must do so through the interpretation of constitutional norms, as it is the highest body of control and interpretation of the Constitution. This research analyzes the position assumed by the Court in the face of conflicts between Congress and the Executive Power during the unstable political period 2016-2021. In the control of the laws and the modifications to the Rules of Congress approved by the parliamentary majorities elected in 2016 and 2020, the dissolution of Congress decreed on September 30, 2019 by the Executive and the vote of confidence, established important guidelines of constitutional interpretation; however, this did not occur in matters such as the control of the presidential vacancy due to permanent moral incapacity, the extraordinary emergency decrees issued by the Government while the dissolution of Congress lasted and the rules incorporated in the New Constitutional Procedural Code on votes in the Court for the resolution of constitutional processes. En el Perú, el Tribunal Constitucional tiene competencia para conocer y resolver procesos de inconstitucionalidad y de conflicto competencial en única instancia, y debe hacerlo a través de la interpretación de las normas constitucionales, en tanto es el máximo órgano de control e interpretación de la Constitución. En la presente investigación se analiza la posición asumida por el Tribunal ante los conflictos entre el Congreso y el Poder Ejecutivo durante el inestable periodo político 2016-2021. En el ámbito del control de las leyes y las modificaciones al Reglamento del Congreso aprobadas por las mayorías parlamentarias elegidas en 2016 y 2020, la disolución del Congreso decretada el 30 de septiembre de 2019 por el Ejecutivo y las cuestiones de confianza, estableció importantes lineamientos de interpretación constitucional; sin embargo, ello no ocurrió en temas como el control de la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral, los decretos de urgencia extraordinarios dictados por el Gobierno mientras duró la disolución del Congreso y las reglas incorporadas en el Nuevo Código Procesal Constitucional sobre las votaciones en el Tribunal para la resolución de procesos constitucionales.
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