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La Ordenanza Municipal N.º 003-2008 de la Municipalidad Provincial de Trujillo y la vulneración del principio non bis in ídem, 2020-2021
Fecha
2023Autor
Nacarino Alva, Franco Eduardo Felipe
Ramirez Lachos, Jeninfer Juleisy
Institución
Resumen
El presente estudio, tuvo como objetivo general, demostrar que la aplicación de la
Ordenanza Municipal N.º 003-2008-MPT vulnera el principio non bis in ídem.
Asimismo, presentó una investigación básica, cualitativa, con diseño no
experimental, empleando el método de teoría fundamentada. Unido a ello, se
empleó como técnicas de recolección de datos, el análisis documental y la
entrevista, siendo los instrumentos: la guía de análisis documental y la guía de
entrevista, respectivamente.
Se obtuvo como resultados que el principio non bis in ídem presenta una parte
material que se encuentra estructura por los elementos de la triple identidad: sujeto,
hecho y fundamento; los mismos que deben ser observados y considerados en el
proceso administrativo sancionador iniciado sobre la base del cuerpo legal
estudiado.
Se concluyó que la aplicación de la OM Nº 003-2008-MPT vulnera el principio non
bis in ídem, debido a que al final del proceso administrativo sancionador al
administrado se le aplica dos sanciones de manera simultánea: una sanción
pecuniaria y no pecuniaria, pese a identificarse al mismo hecho, sujeto y
fundamento, por lo que debe ser derogada o en su defecto modificada.