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El deber de proporcionar dispositivos GPS en el contrato de seguro para vehículos motorizados en el ordenamiento jurídico chileno
Autor
Isler, Erika
Institución
Resumen
El presente trabajo niega que el deber del asegurador de proporcionar un dispositivo de seguridad
GPS en los seguros para vehículos motorizados, tenga un carácter de subsidiario. Al contrario, se defiende
el carácter autónomo y primario de tal imperativo, por lo que no se exige el requerimiento del consumidor
para que se active. Adicionalmente, el deber de entrega rige para todo tipo de vehículos motorizados y con
independencia de si el contrato se celebró antes o después de la entrada en vigencia de la ley que incorporó el
deber al ordenamiento jurídico chileno.