Capítulo - Parte de Libro
C-047 de 2022 (Áreas no municipalizadas, consulta previa y autonomía territorial indígena)
Fecha
2023Autor
Robledo Silva, Paula
Rivas Ramírez, Daniel
Institución
Resumen
Antes de la Constitución de 1991, el territorio colombiano se encontraba dividido en departamentos, provincias y distritos municipales. Con la entrada en vigor de la nueva carta constitucional esto cambió. En los términos del artículo 286, la nueva división territorial es entre departamentos,
municipios, distritos y entidades territoriales indígenas; con la posibilidad de la posterior aparición de regiones y provincias. Sin embargo, la misma Constitución definió a los municipios como la entidad territorial fundamental, entre otras cosas, por fungir como el puente o vaso comunicante entre la población y el Estado.