Disposición SDEyVE N° 32/2020. Determinar
Registro en:
D 2020 - 32 R
14/2008
Autor
Secretaria de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil (D)
Institución
Resumen
Fil: Secretaria de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil (D). Universidad Nacional de Río Negro. Río Negro, Argentina Disposición SDEyVE N° 32/2020. Determinarque las carreras consignadas en el ANEXO I de la presente deberán adecuar los planes de estudios vigentes a los “Acuerdos académicos básicos" aprobados por Resolución CSDEyVE N° 32/2020 y a las opciones curriculares de enseñanza del idioma inglés aprobadas por Resolución CSDEyVE N° 30/2020 durante las convocatorias a sesión de Consejo Superior de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil del ciclo lectivo 2021 con fecha máxima de implementación en el ciclo lectivo 2022. Determinar que las carreras consignadas en el ANEXO II de la presente Disposición deberán adecuar los planes de estudios vigentes a los
“Acuerdos académicos básicos" aprobados por Resolución CSDEyVE N° 32/2020 durante las convocatorias a sesión de Consejo Superior de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil de los ciclos lectivos 2022 y/o 2023, con fecha máxima de implementación en el ciclo 2024. Determinar que el procedimiento de tramitación de las modificaciones se realizará conforme a los plazos, instrumentos y procedimientos aprobados por Disposición SDEyVE N° 03/2020. Determinar que las carreras pertenecientes a la nómina del Artículo 43° de la LES, deberán realizar la adecuación a las opciones curriculares de enseñanza del idioma inglés aprobadas por Resolución CSDEyVE N° 30/2020 durante el presente ciclo lectivo para efectivizar su implementación en 2021, previo acuerdo y compatibilización de opciones curriculares al interior de la Escuela respectiva. Dicha modificación deberá respetar la opción confirmada en julio 2020 y podrá incluir la actualización del sistema de correlativas vigente. Determinar que las carreras consignadas en el Artículo 2° de la presente, deberán realizar la adecuación a las opciones curriculares de enseñanza del idioma inglés aprobadas por Resolución CSDEyVE N° 30/2020 durante el presente ciclo lectivo para efectivizar su implementación en 2021, previo acuerdo y compatibilización de opciones curriculares al interior de la Escuela respectiva. Dicha modificación podrá incluir la actualización del sistema de correlativas vigente. Establecer un plazo de 30 días a partir de la firma de la presente para la presentación por parte de las Sedes de un cronograma de trabajo organizado por Escuela, que permita desarrollar los procesos de modificación de planes de estudios referidos en los Artículos 1° y 2°, de manera tal que se aseguren los procesos de evaluación y diseño curricular previstos por la Disposición SDEyVE N° 03/2020 conforme a los siguientes lineamientos marco:
Planes de estudios de grado diferenciados y asociados a propuestas de carreras o proyectos de carreras de posgrado.
Máximo de 2800/1600 horas por todo concepto formativo, según corresponda en cada caso, conforme a lo previsto en la Resolución CSDEyVE N° 32/2020.
Organización curricular en tres núcleos conforme a lo establecido en la Resolución CSDEyVE N° 32/2020. Esta organización no excluye clasificación de materias en áreas, campos, ejes, problemas o cualquier otra definición curricular. Detalle del Núcleo general compartido a nivel de Escuela con un máximo de 768 horas. La ubicación de este núcleo puede o no totalizar la formación de los primeros años y puede coexistir con materias del núcleo disciplinar. No puede exceder el quinto (5°) cuatrimestre de estudios.
Inclusión, en los procesos de evaluación y diseño, de las carreras de la misma “familia” no alcanzadas por la Resolución CSDEyVE N° 32/2020 y formalización de los acuerdos en relación a denominación, ubicación, carga horaria y contenidos mínimos de las materias compartidas de los tres núcleos.
Diseños curriculares de acuerdo a modelos pedagógicos centrados en el estudiante, con tendencia a la integralidad de la formación y a la reducción de la fragmentación curricular.
Inclusión de la tabla de equivalencia en créditos RFT/ECTS de las carreras que se modifican, a partir de una definición de crédito académico acorde a las tendencias actuales y a la experiencia en el Sistema Nacional de Reconocimiento Académico -SNRA-, respecto a la metodología de cálculo del esfuerzo extra áulico que realizan los estudiantes.
Ampliación de la oferta de asignaturas del núcleo personalizado y de los núcleos generales y disciplinar especializado, con la inclusión de asignaturas inter-sedes (consulta de catálogo de asignaturas que se está elaborando en dirección de Planes de Estudio). true
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