Resolución CSPyGE N° 02/2021. Modificar el Artículo 6º de la Resolución CSPyGE Nº 97/2019. Régimen del personal docente de la Universidad Nacional de Río Negro.
Registro en:
P 2021 - 02 R
2204/2014
Autor
Consejo Superior de Programación y Gestión Estratégica (P)
Institución
Resumen
Fil: Consejo Superior de Programación y Gestión Estratégica (P). Universidad Nacional de Río Negro. Río Negro, Argentina Resolución CSPyGE N° 02/2021. Modificar el Artículo 6º de la Resolución CSPyGE Nº 97/2019, Régimen del Personal Docente de la Universidad Nacional de Río Negro, el que
quedará redactado de la siguiente manera: " ... Artículo 6°.- En caso de que un Docente Interino desempeñe actividades docentes durante más de dos ciclos lectivos anuales continuos, la Universidad estará obligada a convocar el concurso en el área y orientación del cargo docente que ocupa el docente interino exceptuando que en ese período ya se hubieran sustanciado concursos en esa misma área y orientación, o cuando el docente desempeñe actividades en carreras a término, o esté afectado a una sola materia, a asignaturas de idioma extranjero -excepto Inglés- o materias optativas, o cuando el docente interino solicite una prórroga en tal carácter y que la misma resulte aceptable por la Universidad. La Universidad estará facultada para discontinuar la designación del docente interino que no se presentara al llamado a concurso regular de su cargo de revista." true