Artículo
La colaboración del deudor en el proceso
Registro en:
0326-2774
2524-9525 (online)
Autor
Louge Emiliozzi, Esteban
Institución
Resumen
Resumen: A partir de la irrupción de las modernas tendencias en el derecho
de las obligaciones, éstas van dejando de concebirse como un verdadero
poder de señorío del acreedor insatisfecho sobre el deudor. Por
el contrario, se advierte la creciente imposición de límites al sujeto
activo de este vínculo jurídico, en pos de tutela de la parte supuestamente
débil y de la preservación de los intereses generales de la sociedad.
Esta nueva concepción se ha irradiado del derecho de fondo al
campo del derecho procesal, a punto que hoy se puede hablar de una
verdadera “humanización del proceso”,1 o más específicamente, de la
“humanización del proceso de ejecución”, porque es en el ámbito de
este tipo de procesos donde los principios tuitivos tienen mayor aplicación.
Tales principios podrían sintetizarse en la satisfacción integral
de la pretensión ejecutiva, con un mínimo de sacrifico de los
intereses del deudor y en forma compatible con la preservación del
interés general de la sociedad. En el marco de esta corriente, se inscribe la obra que comentamos,
donde el autor presenta dos institutos procesales escasamente
difundidos en nuestro medio. La primera de las figuras –concepción
propia de Louge Emiliozzi– es la del “allanamiento con cumplimiento
diferido”, que consiste en otorgar al demandado –o reconvenido– que
se allana a la demanda –o reconvención– un plazo más extenso que el habitual para el cumplimiento de la sentencia.