Parte de libro
La protección del interés económico del niño en el régimen patrimonial del matrimonio
Registro en:
978-987-03-3401-9
Autor
González, Eliana M.
Institución
Resumen
Resumen: Los derechos de la niñez exigen una siempre recomenzada tarea de
recontextualización del lugar del hijo en el Derecho de Familia. Una de
las tareas pendientes es la de una adecuada visibilización en el marco del
nuevo régimen económico familiar. Esta asignatura requiere de un estudio
integral de este nuevo régimen en su conjunto, a la luz del Derecho
Constitucional y Convencional, centrado nuestra atención en la tutela
del niño como sujeto vulnerable en el régimen económico familiar (2). La protección del interés del niño en el régimen económico familiar,
puede darse a través de distintos medios. Por régimen económico entendemos
el conjunto de emanaciones económicas de la familia (comprendiendo
las obligaciones alimentarias, la atribución de la vivienda, el
denominado régimen patrimonial del matrimonio, el régimen de cargas
y de deudas, etc.): es decir las obligaciones económicas personales y patrimoniales
(3).La obligación alimentaria que surge de la responsabilidad parental
es un medio directo de protección del interés económico del niño. Este
beneficio que nace en cabeza del propio hijo, y los principales obligados
son ambos progenitores, que deben alimentarlo conforme a su condición
y fortuna.
Asimismo, dentro el régimen económico familiar, existen otros medios
—indirectos— de protección del interés económico del niño: las
normas que tutelan la vivienda de los cónyuges dentro del régimen patrimonial
matrimonial ingresan dentro de esta categoría.
A continuación, indagaremos cómo las estructuras de regulación de
los efectos económicos de las relaciones de pareja entre adultos también
protegen —indirectamente— el interés económico del niño. Y en ocasiones,
cómo la falta o la debilidad de estas estructuras, causan preocupación
sobre sus derechos humanos fundamentales.