dc.contributorVicepresidencia de Servicios Registrales
dc.creatorCámara de Comercio de Bogotá
dc.date2018-12-05T19:16:02Z
dc.date2018-12-05T19:16:02Z
dc.date2018-09-05
dc.date.accessioned2023-08-29T13:44:44Z
dc.date.available2023-08-29T13:44:44Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11520/22666
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8501239
dc.descriptionEl peticionario realiza una serie de consultas relacionadas con el procedimiento de registro atinente a la fusión de una sociedad nacional (absorbente) con una sociedad extranjera (absorbida) que ha establecido una sucursal en Colombia.
dc.descriptionLas sucursales de sociedades extranjeras no son entes autónomos distintos a dichas sociedades, es decir, no gozan de personería jurídica independiente a la de sus propietarias. Siendo simples establecimientos de comercio, esto es, conjuntos de bienes organizados por el empresario (artículo 515 del Código de Comercio) que han sido dotados de una administración especial, la cual es llevada a cabo por un mandatario con la capacidad de representar a la sociedad en el territorio nacional, esto en los términos del artículo 471 del Código de Comercio. Siendo conjuntos de bienes, las sucursales de sociedades extranjeras hacen parte de los activos, pasivos, derechos y obligaciones que deben ser traspasados a la sociedad absorbente, esto para que se surta a cabalidad el proceso de fusión referido en el artículo 172 del Código de Comercio. Motivo por el cual, su existencia debe ser considerada para efectos del proceso de fusión referido en su comunicación.
dc.formatapplication/pdf
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectSociedades extranjeras
dc.subjectPersonería jurídica
dc.subjectEstablecimientos de comercio
dc.subjectFusión
dc.subjectArtículo 27 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 172 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 263 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 264 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 471 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 497 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 20 Código Civil
dc.subjectArtículo 21 Código Civil
dc.subjectArtículo 1 Código de Comercio
dc.subjectArtículo 18 Código Civil
dc.subjectArtículo 28 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
dc.subjectArtículo 52 Decreto 2042 de 2014
dc.subjectArtículo 4 Ley 33 de 1992
dc.subjectDecreto 1074 del 26 de mayo de 2015
dc.subjectOrdenanza Departamental de Cundinamarca No. 24 de 1997
dc.subjectNumeral 2.1.9 de la Circular 002 de 2016 de la Superintendencia de Industria y Comercio.
dc.subjectSuperintendencia de Industria y Comercio concepto 14-202386- -00001-0000 del 27 de octubre de 2014
dc.subjectSuperintendencia de Sociedades en Concepto 220-76232 de 30 de diciembre de 2000
dc.subjectSuperintendencia de Sociedades en Oficio 220-038104 de junio 23 de 2010
dc.subjectLey 223 de 1995
dc.subjectLey 223 de 1995
dc.subjectDecreto 650 de 1996
dc.titlePETICIÓN No. CRE030038479, Procedimiento de registro atinente a la fusión de una sociedad nacional (absorbente) con una sociedad extranjera (absorbida) que ha establecido una sucursal en Colombia


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