Conciliemos No 3 - Revista de Conciliación extrajudicial en Derecho del Centro De Arbitraje y Conciliación
Registro en:
ISSN: 2665-6698
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá, Centro de Arbitraje y Conciliación - CAC
Institución
Resumen
En este número de Conciliemos continuamos con la razón esencial de la revista: el acercamiento a la
conciliación en derecho, insolvencia de la persona natural no comerciante y la ejecución especial de
garantías mobiliarias, pero con una perspectiva diferente: la forma en la que estos mecanismos se han
adaptado para enfrentar la pandemia y asumir la virtualidad.
La conciliación en la vida personal, familiar y laboral, en un contexto de confinamiento al hogar, supone un
reto para nuestra sociedad. La necesidad de hacer compatibles las tareas y exigencias de la esfera laboral
con las que se dan en el ámbito doméstico, familiar y de la vida privada requiere de una respuesta acertada y
comprensiva. En consecuencia, en este número de Conciliemos se identifican algunas innovaciones que ha
sufrido la conciliación con la incorporación de herramientas digitales y virtuales de comunicación.
Herramientas que sin duda deben convertirse en una herramienta habitual para la resolución de conflictos.
En este número de la revista, los expertos también discuten sobre la efectividad, las limitaciones y las
ventajas de las estrategias que han sido adoptadas durante la cuarentena para promover la conciliación, la
conciliación en materia de arrendamientos y, además, evalúan la conveniencia de otros mecanismos, como
la mediación, para la resolución de conflictos en un contexto virtual. A pesar del indudable avance en la
promoción de la conciliación en el contexto de la pandemia, el lector encontrará en estas páginas una
invitación: a seguir mancomunando esfuerzos para promover la solución pacífica de controversias.
La participación de miembros de distintos centros de conciliación del país aporta a este número de
Conciliemos visiones novedosas e interesantes, en especial, porque muestran la incidencia positiva que han
tenido las iniciativas ideadas para promover la conciliación y otros mecanismos para la resolución pacífica
de conflictos en un contexto de crisis y emergencia sanitaria. Los testimonios y opiniones de los expertos
invitados nos invitan a mantenernos optimistas ante la adversa coyuntura por la que atravesamos y a
continuar aprovechando al máximo las lecciones que nos deja.
Nota: durante la edición de este número de Conciliemos, se conoció, mediante un comunicado de prensa
emitido por la Corte Constitucional el 17 de septiembre la declaratoria de inexequibilidad del Decreto 797
de 2020, norma por medio de la cual el Gobierno nacional reguló la terminación de los contratos de
arrendamiento comercial y señaló que, en caso de no llegarse a un acuerdo entre el arrendatario y el
arrendador, el primero debería pagar al segundo tan solo una tercera parte del valor de la cláusula penal.
Si bien, a la fecha no se conoce el fallo ni los argumentos que lo sustentan, del comunicado de la Corte se
coligen dos argumentos principales: el primero, el decreto no resultaba necesario para conjurar la situación
de emergencia ocasionada por la pandemia; el segundo, tanto el Código Civil como el Código de Comercio
contemplan herramientas que permiten que los particulares puedan hacer frente a situaciones imprevistas.
La decisión adoptada por la Corte no afecta los diferentes acuerdos celebrados durante el tiempo que estuvo
vigente el Decreto 797 de 2020. En consecuencia, quienes acudieron a este decreto pueden estar tranquilos.