Resolución 106 del 26 de abril de 2018, Reuniones de segunda convocatoria y la acción de responsabilidad.
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
Institución
Resumen
Recurso de reposición y en subsidio de apelación en contra de la abstención de registro del acta No. 007 de la asamblea de accionistas del 16 de noviembre de 2017, correspondientes a los trámites 000001800077630 y 000001800077631, relacionados con la sociedad. El argumento en el cual el recurrente expresa que la reunión sí es de aquellas de segunda convocatoria, pero que la citación a la misma se hizo bajo lo preceptuado por el artículo 25 de la Ley 222 de 1995, no puede ser tenido en cuenta como un argumento válido para ordenar la inscripción del acta materia de devolución, por cuanto si la reunión celebrada es de segunda convocatoria debió ser citada por el representante legal de acuerdo a lo establecido en los estatutos, lo cual excluye la posibilidad que la citación fuera realizada por dos de sus accionistas.
Si esta entidad atendiera el hecho como lo indican presidente y secretario en las actas presentadas para registro que la sesión del 16 de noviembre de 2017 corresponde a una reunión de segunda convocatoria, el órgano que citó a la misma no se ajustó a lo establecido en los estatutos de la sociedad.
Es importante indicar que la entidad registral no puede entrar a interpretar el sentido de los documentos presentados para registro, sino que éstos deben ser absolutamente claros y precisos en su contenido para que la entidad pueda someterlos a inscripción y darles la publicidad respectiva, por lo tanto, en el caso que nos ocupa al no existir certeza del tipo de reunión que se está celebrando, no es viable determinar que el órgano que convocó para la sesión se ajustó a la ley o a los estatutos. Resoluciones Confirmar el acto administrativo de abstención
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