Resolución N° 121 del 23 de julio de 2014 ¿Deben inscribirse todas las reformas a los estatutos de la sociedad?
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
Institución
Resumen
Se efectuó la inscripción de la Escritura Pública 3567 ante la Cámara de Comercio de Bogotá, mediante la cual la sociedad KHEMRA TECHNOLOGIES LTDA. "Se escinde sin disolverse transfiriendo activos a otra sociedad".
Se interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra tal acto de registro. Servicios registrales En materia de inscripción de reformas, en especial de las sociedades tradicionales contempladas en el libro II del Código de Comercio, la ley señala que toda reforma del contrato de sociedad comercial deberá reducirse a escritura pública que se registrará como se dispone para la escritura de constitución de la sociedad. Resoluciones Confirmar el acto de registro.
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