Derecho de petición N° 10-0000002124 ¿Quienes son los responsables de reportar las multas y sanciones para el Registro Único de Proponentes, bajo la normatividad del decreto 734 de 2012?
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
Institución
Resumen
¿Quienes son los responsables de reportar las multas y sanciones para el Registro Único de Proponentes, bajo la normatividad del decreto 734 de 2012? Servicios registrales El Decreto 734 del 13 de abril de 2012, y la Circular Externa número 20 del 3 de Septiembre de 2012, recuerdan el deber que tienen las entidades del estado de remitir a la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio del inscrito, a más tardar el quince de cada mes, la información sobre contratos, multas y sanciones a través del aplicativo dispuesto por la CONFEDERACIÓN COLOMBIANA DE CÁMARAS DE COMERCIO - CONFECÁMARAS.
Y solo podrá hacerse a las personas naturales o jurídicas que se encuentren inscritas en el Registro Único de Proponentes.