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Valoración de la prueba en la responsabilidad por la actividad médica, concepto de probabilidad y las garantías procesales
Appraisal of the evidence in the responsibility by the medical activity, probability concept and process guarantees
Registro en:
Ruiz Jaramillo, L. B., & Velásquez Herrera, R. (2006). Valoración de la prueba en la responsabilidad por la actividad médica, concepto de probabilidad y las garantías procesales. Estudios de Derecho, 63(142), 151-184.
0120-1867
2145-6151
Autor
Ruiz Jaramillo, Luis Bernardo
Velásquez Herrera, Rosmery
Institución
Resumen
RESUMEN: Al igual que la ciencia, el proceso jurisdicional en la mayoría de los casos está impedido para obtener verdades absolutas, no obstante esta complejidad, es inadmisible negar de plano la verdad procesal de los hechos y por tanto del proceso, debiendo adoptar como modelo la verdad de la correspondencia. Debido a este relativismo de la verdad procesal, en el que es más apropiado por lo tanto hablar de probabilidad, es necesario cumplir unas garantías procesales, que prefieren denominar garantías de verdad.
No obtante, en los procesos de irresponsabilidad médica, en el que por dificultades técnicas-científicas se haga difícil o imposible demostrar la relación de causalidad entre la falla del servicio y el daño, el Consejo de Estado ha decidido, por razones de equidad, morigerar el principio regulativo de la verdad como correspondencia en la jurisdicción y por ende en los principios probatorios, disminuyendo el módulos de prueba requerido en la decisión para obtener la justa decisión. ABSTRACT: As same as science, the jurisdictional process in most of the cases cannot obtain absolute truths,
nevertheless this complexity, it is unacceptable to deny outright the procesal truth of the facts, and
therefore ofthe process, shoulding adopt as model oftruth that of correspondence. Due to this relativism of
the procesal truth, in which it is more appropriated speak of probability, it is necessary to fulfill certain
process guarantees, best-called guarantees oftruth.
However, in the responsibility by the medical activity which because ofthe scientific-technical difficulties
it gets difficult, not say impossible, to show the causality relation between the fault ofthe service and the
damage, the State Council has decided, by reasons of equity, to moderate the regulative principie ofthe
truth as correspondence in the respective jurisdiction and therefore as the probatory principies,
diminishing the prove modulation required for obtain the just decision.