dc.contributorCubillos, Luis Miguel
dc.creatorEscobar Fernández de Castro, Laura María
dc.creatorÁlzate Espinosa, Juliana
dc.date2015-08-17T22:03:20Z
dc.date2016-03-29T14:46:12Z
dc.date2020-04-16T13:21:22Z
dc.date2023-05-11T17:36:32Z
dc.date2015-08-17T22:03:20Z
dc.date2016-03-29T14:46:12Z
dc.date2020-04-16T13:21:22Z
dc.date2023-05-11T17:36:32Z
dc.date2014
dc.date.accessioned2023-08-24T06:33:20Z
dc.date.available2023-08-24T06:33:20Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12032/110754
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8409888
dc.descriptionLa jurisprudencia nacional ha reconocido de tiempo atrás que la Administración puede comprometer su responsabilidad de manera directa por los actos u omisiones en la que incurran sus órganos. El Consejo de Estado ha desarrollado varios regímenes bajo los cuales se configura dicha responsabilidad. Uno de ellos es el derivado del Riesgo Excepcional que, aterrizado a los casos de ataques guerrilleros en el ámbito de un conflicto armado, ha dado paso a la teoría estudiada en esta tesis aplicada específicamente a los casos de ataques guerrilleros contra oleoductos o poliductos.
dc.formatPDF
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherPontificia Universidad Javeriana
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectResponsabilidad patrimonial del Estado
dc.subjectRiesgo excepcional
dc.subjectRiesgo - Conflicto
dc.subjectInfraestructura petrolera
dc.titleEs posible atribuirle responsabilidad al estado por los daños derivados de ataques armados perpetrados por grupos guerrilleros contra oleoductos bajo el título de imputación de riesgo conflicto?


Este ítem pertenece a la siguiente institución