dc.contributorRomero Oseguera, Diego José
dc.creatorSegarra Jiménez, María de Lourdes
dc.date2016-12-13T00:35:42Z
dc.date2016-12-13T00:35:42Z
dc.date2016-08-25
dc.date.accessioned2023-08-11T16:32:46Z
dc.date.available2023-08-11T16:32:46Z
dc.identifierhttp://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/7221
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8231600
dc.descriptionLa citación es uno de los actos procesales de mayor trascendencia, pues, su legal y debida práctica permite que la justicia tenga su mayor realización en tanto y en cuanto permite, o da la oportunidad, que las dos partes intervengan y sean escuchadas en la causa y, sobre esta base recaiga la sentencia que mejor corresponda. Con la citación se posibilita y se le da la debida oportunidad de intervenir al demandado expresando su pensamiento, su punto de vista, su posición frente a las pretensiones que el actor ha propuesto en su contra. Pero este principio trascendental del derecho procesal civil no solo tiene esta finalidad, tiene otros efectos, como se analizarán con detalle, no menos importantes, y que tienen especial importancia no solo en el desarrollo de la causa sino en el derecho en general, efectos como constituir al demandado en poseedor de mala fe, constituir al deudor en mora, interrumpir la prescripción, etc. La citación tiene varias formas de ser practicadas: la citación en persona, la citación por boletas, la citación por la prensa, ya sea a través de un medio impreso, o por anuncios radiales y la citación por correo electrónico.
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Católica de Santiago de Guayaquil
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.subjectCITACIÓN
dc.subjectADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
dc.subjectCÓDIGO GENERAL DE PROCESOS
dc.subjectDERECHO PROCESAL CIVIL
dc.titleLa citación en la administración de justicia en materia del Código Orgánico General de Procesos.
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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