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Reforma que incorpora los procesos de conocimiento en el código de procedimiento civil del Ecuador
Autor
Vergara Elizondo, Jorge E.
Resumen
Los temas que más preocupa a los estudiosos del derecho procesal,
operadores del sistema de justicia y ciudadanos en general, son la
excesiva cantidad de procedimientos, la lentitud en la sustanciación y
trámite de los procesos, en todas las materias, etapas y diligencias
judiciales y, la rigurosidad de las formalidades y ritualidades de los
juicios.
El juicio ordinario previsto y establecido en el artículo 395 y
siguientes, Parágrafo 1º., de la primera instancia y Parágrafo 2º., de la
segunda instancia, Sección 1ª., Título II, de la Sustanciación de los
Juicios, Libro Segundo, del Enjuiciamiento Civil, del Código de
Procedimiento Civil1, en la práctica se manifiesta como lleno de ritos o
formalidades, demasiado largo y complicado.
El trámite del juicio verbal sumario, que señala el artículo 828 y
siguientes, Sección 23ª., del mismo Código, no es esencialmente ni verbal
ni sumario. JIJÓN LETORT Rodrigo2, sostiene: “El juicio verbal sumario no
puede ser considerado como un ejemplo de aplicación del principio de
oralidad en nuestro medio, púes no están presentes en él las
características del proceso oral a los que nos hemos referido anteriormente.
No hay inmediación, la concentración es inadecuada y, fundamentalmente,
no existe debate probatorio”.