bachelorThesis
Unificación de las normas para impugnar en sede administrativa los actos administrativos de la administración pública, para evitar problemas de inseguridad jurídica en el País
Autor
Granda Granda, Miguel Alcívar
Institución
Resumen
The Constitution of the Republic of Ecuador, in Article 173 states that "the
administrative acts of any State authority may be challenged, both
administratively and before the corresponding organs of the judiciary, in the
same way in Art . 76 paragraph 7, letter m) of this body of law, stipulates that
the right to the protection of people, including their ability to appeal a
judgment or settlement in all proceedings in which they decide on their rights,
that is determined to the challenge as a general constitutional right to search
any person to rectify the act of a public body, considered as erroneous and
prejudicial to their interests.
The right to challenge in administrative acts of public authority is
implemented mainly through institutions called administrative appeals
process, but under Ecuadorian law, each state agency has different rules on
what to do with the procedures challenge of its resolutions, which prevents a
true application of the universal principles of law and the constitutional, unlike
most advanced countries in administrative justice, such as Peru, Colombia
and Spain, which have unified procedures to challenge entire public
administration. With this background it is concluded in Ecuador has become
indispensable, the unification of legal rules governing the procedures to
challenge acts for all state functions. La Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 173 establece que
los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser
impugnados, tanto en la vía administrativa como ante los correspondientes
órganos de la Función Judicial; de la misma forma en el Art. 76 numeral 7,
literal m de este cuerpo normativo, estipula que el derecho a la defensa de
las personas, incluye su capacidad de recurrir el fallo o resolución en todos
los procedimientos en los que se decida sobre sus derechos, es decir
determina a la impugnación como un derecho constitucional y general de
toda persona para buscar que se rectifique la actuación de un ente público,
considerada como errónea y lesiva a sus intereses.
El derecho a impugnar en sede administrativa los actos de la autoridad
pública se encuentra instrumentado principalmente a través de las
instituciones procesales denominadas recursos administrativos; sin embargo
en la legislación ecuatoriana, cada organismo del estado tiene normativa
distinta en lo que tiene que ver con los procedimientos de impugnación de
sus resoluciones, lo que impide una verdadera aplicación de los principios
universales del derecho y de los postulados constitucionales, a diferencia de
países más avanzados en justicia administrativa, tales como Perú, Colombia
y España, que cuentan con procedimientos unificados de impugnación para
toda la Administración Pública. Con estos antecedentes se concluye en el
Ecuador se ha vuelto indispensable, la unificación de la normativa legal que
regule los procedimientos de impugnación de actos para todas las funciones
del Estado.