bachelorThesis
La Aplicación De Penas Diferentes A Los Delitos De Infanticidio Y Parricidio, Generan Reincidencia De Estas Infracciones Penales Que Causan Alarma Social E Inseguridad Jurídica”
Institución
Resumen
The attemptagainst people´s life, now they have became in social phenomenon. Characterized for their acts.and their relationships. Daily they commit in the coldest way.and calculator against people´s life, together with the gradual and progressive development of society. They have increased the amount and form of perpetration, this situation is aggravated when the actor of the crimes perpetrated by family member. And he knower the relationship and the situation of the disadvantage of the victim to defend himself. Acts on insurance as in the case of infanticide.
These delictive acts come injured the producedlegal, for delictive acts.His reason is necessary guarantee the social harmony doing new reforms harmony of lows according to current legal and social reality of our country. More Ecuadorian Penal Code that governs us dating back reasons in which society had not fully developed.
The life of all people it is valuable and inalienable right, without distinction of sex, age, color and economic status which is guarantee by the Code Republic of Ecuador Constitution in the article 66 numeral 1 that guarantee the right of the life. In the numeral 4, of the same Cart Magna establishes the right wing equality and don´t discrimination. In the article 45 establishes girls, boys and free teenagers enjoy of the common rights of human in addition to the specific age for their care and protection will protection from conception this agree of the establishes in the Americana
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Convention about Human Rights signed at the Inter-American Specialized Conference of Human Rights realized in San Jose, Costa Rica of the on November 7-22 of 1969. In the article 4 guarantees the right of the life in the first numeral establishes the lives of people will be protect from the moment of Concepcion.
It is against with establised in the Ecuadorian Penal Code in the article 453 establishes to do offense crime of infanticide as offense of honor and the resive and sentence is less than the other crimes than resiven against fife as parricide although have similar characteristics.
Sentences are different causing alarm and legal insecurity in society, penality for the offense to be insufficient, causing insecurity in society because the authors rehabilitate and reintegrate into society Los atentados contra la vida de las personas actualmente se han convertido en un fenómeno social, caracterizado por la conflictividad de sus actos y de las relaciones personales. Diariamente se cometen delitos de la manera más fría y calculadora contra la vida de las personas que, conjuntamente con el desarrollo paulatino y progresivo de la sociedad se han ido incrementando en la cantidad y en la forma del cometimiento; Esta situación se agrava cuando el autor de los delitos perpetrados es un miembro de la familia y este, a sabiendas del mismo parentesco y de la situación de desventaja de la víctima para defenderse, actúa sobre seguro, como en el caso del infanticidio.
Estos hechos delictivos lesionan los bienes jurídicos protegidos, por ello es necesario garantizar la armonía social mediante la expedición y reformas de leyes acordes a la actual realidad jurídica y social de nuestro país, y aún más cuando el Código Penal Ecuatoriano que nos rige data de épocas en las que la sociedad aún no se había desarrollado a plenitud.
La vida de todas las personas es un derecho valioso e irrenunciable, sin distinción de sexo, edad, color o condición, mismo que se encuentra garantizado por la Constitución de la República del Ecuador en el Art 66 numeral 1, que garantiza el derecho a la vida, en el numeral 4, de la misma Carta Magna establece el derecho a la igualdad y la no discriminación, en el artículo 45. Establece las niñas, niños y
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adolescentes, gozaran de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos que por su edad le corresponde y el cuidado y la protección desde la concepción. Lo que concuerda con lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana Sobre Derechos Humanos realizada en San José, Costa Rica, del 7 al 22 de noviembre de 1969; en el Artículo 4. Garantiza el derecho a la Vida y en su numeral primero, establece que la vida de las personas será protegida desde el momento mismo de la concepción, ello se contrapone con lo establecido en el Código Penal Ecuatoriano en el Art. 453 en el que se establece al delito de infanticidio como un delito de honra y la pena que recibe es inferior a la que reciben los demás delitos contra la vida como el parricidio, aun cuando mantienen características similares, las penas son distintas causando alarma e inseguridad jurídica en la sociedad, siendo insuficiente la punibilidad del delito, causando inseguridad en la sociedad debido a que los autores de esta reprochable infracción no reciben la pena adecuada que les permita rehabilitarse y reintegrarse en la sociedad.