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La responsabilidad solidaria del estado frente al daño causado al medio ambiente
Autor
Veliz Vásquez, Imelda Nataly
Díaz Vásquez, Billy Harrinson
Resumen
En virtud de que cada día se intensifican los problemas relacionados con el medio ambiente se requiere que los abogados y sobre todo los maestros en Derecho cuenten con las herramientas jurídicas necesarias para que a través de ordenamientos jurídicos, debidamente sistematizados y organizados se adquiera conocimiento jurídico sobre tres problemáticas íntimamente relacionadas, la del cuidado del medio ambiente, la de la aplicación estricta de la normatividad jurídica y la responsabilidad del Estado, como garante del orden jurídico y responsable en última instancia del bienestar social y colectivo.
La protección del medio ambiente es una garantía constitucional, ya que el Estado está obligado a preservar el medio ambiente, problema que a todos nos afecta como colectividad y cualquier ciudadano debe tener el derecho de demandar, la reparación del daño al Estado, cuando se le afecte su medio ambiente, porque al afectarlo está atentando contra su salud y contra el desarrollo de un ambiente sano, al cual tiene derecho por ser parte del entorno.
La protección al medio ambiente, se ha convertido en una preocupación del Estado a partir de que se observó que se deterioraban los ecosistemas, con el peligro de amenazar la presencia de todo ser vivo en la tierra, esta preocupación que primero se presentó a nivel de los Organismos Internacionales, se fue incorporando en tratados y convenciones internacionales, siendo retomado por el derecho positivo mexicano.
Al inicio de esta Tesis nos hicimos estas preguntas: ¿Ante qué autoridad se puede acudir para exigir la preservación del medio ambiente?, ¿Cuál debe ser el procedimiento para que se le pueda resarcir el daño a los particulares por parte del Estado?, ¿Qué particulares tienen derecho a reclamar al Estado un ambiente sano?, ¿Si el medio ambiente es una garantía constitucional, que ha hecho el Estado para preservarlo?, ¿Hasta dónde llega la responsabilidad del Estado para preservar el medio ambiente?.
El tema de protección al medio ambiente, junto con los aspectos relacionados a la protección del patrimonio cultura, establecen la necesidad de profundizar en que es el daño y como este se presenta cuando hay un menoscabo en el patrimonio ambiental o de los ecosistemas, las repercusiones ambientales que pueden generarse por diversos actos de trascendencia personal y social por la contaminación del agua, suelos, aire y destrucción de otros recursos naturales, son un asunto de orden público y de interés colectivo, que debe definirse y reglamentarse ante los notables desequilibrios ecológicos, que se están registrando en el país por actividades domésticas, industriales, comerciales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, urbanísticas y por la prestación de diversos servicios.
Los daños son personales, familiares y sociales, y no se cuenta con una responsabilidad ambiental identificada legalmente, como veremos en el marco teórico y jurídico del tema que nos ocupa, la legislación ambiental padece un vacío sobre la responsabilidad del daño ambiental, en todos los ámbitos de gobierno, no se han dado los mecanismos normativos, políticos, administrativos y jurisdiccionales para hacerla realidad en todos los supuestos, pues sólo se han orquestado de manera aislada e imprecisa en algunos ejemplos, como es lo relativos a los residuos, pero falta mucho por avanzar, las infracciones y sanciones que se plasman en los cuerpos legales de la misma materia, no son suficientes para reparar los daños al medio ambiente y al equilibrio ecológico; falta voluntad política, eficacia administrativa, incluyendo lo de la parte que le corresponde a los Poderes Legislativo y Judicial.
Finalmente, Estudiamos las relaciones entre el Estado y la responsabilidad que este tiene cuando no dando cumplimiento, ya sea a las disposiciones legislativas o ya sea cuando en su actuar, causa daños ecológicos.
Nuestra legislación, ha incorporado en su Carta Magna, disposiciones que por una parte consideran la protección al medio ambiente como una garantía individual, en virtud de la cual todos tenemos derecho a gozar, no sólo de la salud, que representa un entorno amable para el organismo, sino también incluso de una ambiente visualmente agradable, cuando se considera que elementos como el paisaje deben de ser protegidos, es por ello que consideramos que la misma Constitución Política deba incorporar lo que en la teoría se denomina Responsabilidad Patrimonial del Estado, que es responder por aquellos daños, que el Estado cause a los que no están obligados a soportarlos, en este caso lo que procuraremos es precisar que en términos de las garantías individuales, de la garantía de legalidad y en especial al derecho a un ambiente sano, el Estado debe responder por los daños que cause el medio ambiente. Analizaremos los aspectos más relevantes de la problemática ambiental, de las teorías que tienen relación con la responsabilidad del daño al medio ambiente y la responsabilidad patrimonial del Estado; nuestra Constitución Política adopto como un valor y un bien jurídicamente tutelado, la protección al medio ambiente, y en el otro extremo considera que el Estado es también responsable por los daños que cause en general, consecuentemente, la legislación secundaria debería precisar en qué forma el Estado debe responder por los daños, que con sus acciones u omisiones cause a los ecosistemas, en el trabajo que se presenta se proponen unos lineamientos para establecer los procedimientos y casos cerca de cómo el Estado, debe dar cumplimiento a esta responsabilidad patrimonial que tiene frente a los particulares. Tesis