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Implicancias Socio-Jurídicas del Despido Arbitrario Dentro del Nuevo Sistema de Daño Subjetivo en la Corte Superior de Justicia de Arequipa Periodos 2007-2008
Autor
Dongo Ortega, David Fernando
Resumen
Las técnicas utilizadas fueron la encuesta a 74 trabajadores despedidos
arbitrariamente así como la observación documental de los expedientes
laborales que se encuentran en proceso en la corte superior de justicia de
Arequipa, y el análisis de la jurisprudencia nacional.
El objetivo central es determinar las implicancias socio-jurídicas del despido
arbitrario en la persona del trabajador. La hipótesis precisa que la
indemnización laboral actual establecida no repara daños subjetivos que sufre el
trabajador y solo cubre los daños objetivos ante la pérdida del empleo.
Los resultados de la investigación corresponde a la de una investigación
bibliográfica así como a la investigación empírica; en cuanto a las implicancias
jurídicas tenemos que: 1) El Tribunal Constitucional mediante sentencia 1124-
2001-AA/TC ha modificado el sistema de protección de la estabilidad laboral en
el Perú, ampliando los supuestos de reposición al centro de trabajo, en especial
de los despidos sin expresión de causa. El tribunal también ha establecido los
tipos de despido (incausado, fraudulento y nulo) y la consecuencia
constitucional que tiene cada uno de estos, la cual es la reposición al centro de
trabajo y no el pago de una indemnización laboral. 2) Entre el daño moral y el
daño a la persona existe una confusión de denominación que la doctrina ha
tratado de aclarar, pero sin repercusiones a nivel jurisprudencial. El daño a la
persona es un daño subjetivo, que incide en la unidad de la persona afectándola
en todos sus aspectos, mientras que el daño moral es un daño que afecta el nivel
sentimental de la persona. Es decir el daño moral se encuentra subsumido en el
daño a la persona; 3) Dentro de la legislación laboral se ha contemplado los
daños y perjuicios que el trabajador pueda ocasionarle al empleador, sin
embargo no se ha contemplado la situación inversa, es decir, los daños que
ocasiona el empleador en contra del trabajador; 4) En materia laboral, la
legislación ha establecido la indemnización que el empleador debe abonarle al
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trabajador, sin embargo esta indemnización no se encuentra discriminada, por
cuanto, no se indica cual es la indemnización que se otorga por daños objetivos
y daños subjetivos. El pago de la indemnización tarifada que establece el artículo
34 del DS 003-97-TR Ley de Productividad y Competividad Laboral, es un pago
que repara los daños objetivos sufridos por el trabajador, ello no impide que el
trabajador pueda accionar el pago de una indemnización por el daño subjetivo o
daño a la persona que ha sufrido, y 5) Para el resarcimiento del daño subjetivo o
el daño a la persona, se debe tomar en cuenta que, ha ocurrido una inejecución
de obligaciones, toda vez que el empleador no ha cumplido con la
contraprestación debida, en materia laboral no existe regulación que regule estas
situaciones establecidas establecidos en el derecho civil, que sirven de referencia,
para establecer existe una inejecución de obligación y esta se desprende de una
relación contractual laboral, por lo que, se hace necesario regular una
indemnización a este tipo de daño por vía laboral.
En cuanto a las implicancias sociales, el daño que sufre un trabajador(a) que ha
sido despedido intempestivamente o de manera arbitraria de su centro de
labores es variado: desasosiego (31%), angustia (15%), desesperación (46%) e
indiferencia (8%). En relación a la situación de las expectativas de los
trabajadores despedidos intempestivamente son: frustración en un 37%, Fracaso
en un 31% y sin verse afectadas 32%. Finalmente, respecto de las relaciones que
más se vieron afectadas tenemos: las relaciones familiares en un 54%, las
relaciones conyugales en un 26% y las relaciones sociales en un 11%. La
propuesta que se puede accionar para reparar los daños subjetivos que sufre la
persona del trabajador y su entorno social como consecuencia de sufrir un
despido injustificado o arbitrario.