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PROPUESTA DE INCORPORACIÓN DE UNA EXCEPCIÓN PROCESAL A LA FIGURA DE LA CONCILIACIÓN EXTRA JUDICIAL EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL
Autor
Villanueva Noya, Veder Franz
Resumen
Durante mis rutinas diarias de trabajo, estaba en relación inmediato con el quehacer jurídico vinculado al litigio y asesoría en procesos civiles, aprendiendo sobre las diferentes vicisitudes que sólo se ve en el campo práctico del Derecho; así que pude percatarme de ciertos problemas que se gestaban durante el proceso civil, y frente a ciertos problemas para efectivizar los derechos, y cómo existía limitaciones de carácter cognoscitivo de diferentes abogados para encontrar una salida a dichos problemas. Fue así que, cuando realizaba mis labores en el Área de Procesos Civiles del Estudio Jurídico “H & H Asociados”, pude detectar un problema consistente en el cual el artículo 446° numeral 10° el cual solo hace referencia a las transacciones y conciliaciones judiciales, el cual es muy limitativo, el cual se complicaba si además. Es por este problema que en diferentes procesos, ya sea de oficio o a través de una excepción, los órganos jurisdiccionales de Satipo no disponían la conclusión de la demanda por transacción o conciliación extrajudicial, a razón de que las mismas no habían sido contempladas en el artículo 446° numeral 10° de la norma legal; a razón de que no podía concluirse en el estadio que corresponde a las excepciones; es decir esto se tenía que llegar hasta la terminación de la demanda es decir a llegar a concluirse con la sentencia o auto final habiendo acuerdo previo; resoluciones que partían de la premisa del 446°, lo cual es lógico, y no se pretende cuestionar las disposiciones normas judiciales y legales. El problema central radica en la necesidad de una implementación de dicha norma a fin de que el estudio no pierda más tiempo ni dinero.
Entonces, se inició el presente estudio formulándose la siguiente pregunta a decir Entonces, “¿Existe en nuestro ordenamiento procesal civil alguna excepción procesal que utilice a la figura de la conciliación extrajudicial para dar la conclusión de un proceso?” Para poder responderla nos planteamos como objetivo: “Proponer la excepción de conclusión por conciliación extrajudicial”.
Al finalizar este estudio llegamos a la siguiente conclusión: “Se encontró, se propuso y se puso en práctica la solución a dicho problema, proponiendo como otra vía la “una excepción de acuerdo previo; que regule la conclusión del proceso por transacción y conciliación extrajudicial”. Excepción que se propone como solución óptima al problema abordado, porque supera las limitaciones antes descritas.” Trabajo de suficiencia profesional