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Mecanismos alternativos. La justicia de hoy y del futuro en México
Autor
González , Arely Gómez
Institución
Resumen
La reforma constitucional del 18 de junio de 2008, instauró el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, que incluyó en el párrafo cuarto del artículo 17, a los mecanismos alternativos de solución de controversias, al señalar: “Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial”. La inclusión de estos mecanismos en nuestra Carta Magna, implica un cambio cultural, de manera que junto a la posición represiva, existirá la vía de la justicia alternativa, que viene a fortalecer la posición de la víctima y da preferencia a la búsqueda de una solución al conflicto.