dc.creatorCarlos Diez Gutiérrez
dc.date2013-04-04T17:01:43Z
dc.date2013-04-04T17:01:43Z
dc.date1893-6-13
dc.date.accessioned2023-07-19T01:05:55Z
dc.date.available2023-07-19T01:05:55Z
dc.identifierhttp://www.archivo.cehmcarso.com.mx/janium-bin/janium_zui.pl?jzd=/janium/JZD/CDLIV/1a/1883/18/4803/CDLIV.1a.1883.18.4803.jzd&fn=144171
dc.identifierhttp://aleph.academica.mx/jspui/handle/56789/35628
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/7636116
dc.descriptionLe recuerda los términos en que se firmó el contrato de empréstito entre el Gobierno de [San Luis Potosí] y los capitalistas de Londres, lo anterior con motivo de la nueva Ley del Timbre y específicamente del artículo dos, que prohíbe a los estados la [?] de estampillas, que reserva [?] a la Federación. Le señala que no es fácil modificar el contrato de Londres y le pregunta qué se puede hacer para cumplir con la nueva ley, sin lastimar intereses. Por último, le sugiere que lo mejor será declarar que esa disposición no afecta a los estados que por su legislación hayan emitido estampillas y las hayan ofertado en sus contratos.
dc.descriptionFondo CDLIV, Primera Serie, Año 1883, Carpeta 18, Documento 4803
dc.publisherCentro de Estudios de Historia de México CARSO
dc.relationColección José Y. Limantour
dc.titleCarta manuscrita


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