Circular impresa
Autor
Joseph de Iturrigaray
Resumen
Con respecto a las mercedaciones y adjudicaciones de tierras realengas, señálase el término de un año para que los dueños de ellas pueblen y cultiven las baldías, en la inteligencia que de no hacerlo se procederá al remate en favor de los denunciantes de tierras sin propietario. Fondo XLI-1, Carpeta 10-24, Documento 691