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LOS FINES CONSTITUCIONALES DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD: ESTUDIO CRÍTICO SOBRE SU EFECTIVIDAD. UNA OPTICA DESDE LA GESTIÓN UNIVERSITARIA
Registro en:
978-85-68618-00-4
Autor
Báez, María Doddy
Díaz, Nelson Manuel Martínez Ruíz
Ríos, Arturo de los
Institución
Resumen
La Constitución Paraguaya de 1992, en el Artículo 79 plantea los objetivos que debe orientar la gestión universitaria, en tres ejes: La formación profesional superior, la investigación científica y tecnológica y la extensión universitaria. Este trabajo monográfico tiene por objeto el estudio de los fines constitucionales de la pena privativa de libertad, en el campo de la praxis según lo plantea la Constitución Paraguaya en el Art. 20 en concordancia con el Art. 79 del mismo cuerpo constitucional citado. El enfoque es observar, si en la práctica de la ejecución penitenciaria, se cumplen los postulados constitucionales de la readaptación social de los penados y su preparación para una vida futura sin cometer hechos punibles, como misión académica de Educación Superior en consonancia con la gestión propia de las Universidades. El propósito que anima este trabajo es el de realizar un estudio crítico sobre la utilidad de la pena privativa de libertad, con relación a los fines de prevención especial (la readaptación del condenado) y con relación a los fines de prevención general (la protección de la sociedad frente a un individuo peligroso para la convivencia pacífica de sus miembros). El fundamento de la pena es de una inveterada discusión en el campo de la Dogmática Penal. Dos Escuelas son las que adquirieron mayor predicamento en este punto: 1) La Escuela Clásica, y 2) La Escuela Positivista.
Entendemos pertinente y oportuno un estudio crítico acerca de la justificación de la pena privativa de libertad, pues es una realidad vox populi que las cárceles de la República son depósitos de seres humanos, albergados en una celda en condiciones más indignas que los animales encerrados en un zoológico. No solamente hay razones legislativas y sociales que justifican un estudio de este tipo. Principalmente, razones humanitarias imponen como necesidad impostergable un estudio sobre la efectividad del encierro penitenciario, propendiendo al mejoramiento de las condiciones actuales de cumplimiento de las penas (cumplidas en condiciones infrahumanas, llegando, incluso, a la paradoja de ser un trato degradante para el ser humano). Deseamos elaborar una conclusión (aplicando los pasos del método científico) acerca de la utilidad de la pena privativa de libertad, como remedio de readaptación social del penado y como medida de protección social. De lege ferenda, proponer reformas constitucionales y legales para el caso de hallar injustificada la privación de libertad con relación a los propósitos postulados en el artículo 20 de la Constitución de 1992.