dc.contributorQUIROZ ROSAS, JUAN HUMBERTO
dc.creatorMOGOLLON MAYURI, NATALIA DELIA
dc.creatorSALVADOR JAUREGU, SUSANA KAREN
dc.date.accessioned2020-12-22T22:41:04Z
dc.date.accessioned2023-06-05T14:11:37Z
dc.date.available2020-12-22T22:41:04Z
dc.date.available2023-06-05T14:11:37Z
dc.date.created2020-12-22T22:41:04Z
dc.date.issued2018
dc.identifierhttps://repositorio.utelesup.edu.pe/handle/UTELESUP/903
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6636299
dc.description.abstractEsta investigación se pretendió efectuar el análisis de la forma en que se aplica los artículos 298 y 299 del Código Penal referente a la posesión lícita de drogas y la excepción a la regla establecida. Con ese propósito se estableció la distinción, entre la posesión de droga para el consumo y la posesión para el tráfico, también hay una diferencia entre clases de posesión de droga: la droga para el tráfico tipificada en el artículo 296 del código penal. La posesión de droga en pequeña cantidad permisible según el artículo 298 y la posesión para el consumo en el artículo 299 de la norma acotada. Pareciera que el ordenamiento jurídico penal que castiga ambos delitos, resulta inoficioso debido a que la sola posesión para el consumo habitual queda exenta de pena; siendo esto cuestionable frente a la excepción establecida en la en la parte final del artículo 299. Se ha obtenido la opinión sobre la tarea de los magistrados de aplicar o no una norma de carácter punible a fin de evitar el comercio de drogas o que este tipo de delitos quede impune. Cabe acotar que la investigación culmina con la opinión de los especialistas sobre la aplicación de la ley penal, otorgándole la importancia necesaria a fin de que se especifique sobre la operación intelectual que deben elaborar en la emisión de sus juicios los magistrados a través de los razonamientos que se sustente en el tipo de interpretación a la ley, teniendo en cuenta que para la nueva Teoría de la Argumentación jurídica solo existen dos tipos de interpretación; esto es, la literal o gramatical y la correctora, siendo que existe discusión sobre la aplicación de la ley al caso concreto.
dc.languagespa
dc.publisherUNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceUniversidad Privada Telesup - UTELESUP
dc.sourceRepositorio Digital UTELESUP
dc.subjectCANTIDAD DE DROGA PERMISIBLE
dc.subjectPOSESIÓN DE MAS DE DOS TIPOS DE DROGA
dc.subjectINTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL
dc.titleLA POSESIÓN MÍNIMA Y LA POSESIÓN DE MÁS DE DOS TIPOS DE DROGA EN LA DETERMINACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL AGENTE – LIMA 2017
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


Este ítem pertenece a la siguiente institución