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El abandono de una pretensión imprescriptible según la interpretación de los jueces civiles del distrito judicial de Huaura 2016-2018
Fecha
2019-09-28Registro en:
Tesis en formato APA
Autor
Reyes Gómez, Beverly Masako Yaquelin
Resumen
El abandono procesal es la “sanción” que la ley impone a la parte negligente dentro de un proceso judicial como consecuencia de la inactividad procesal por un periodo tiempo determinado, como institución jurídica el abandono se encuentra regulado en los artículos 321° en concordancia con el artículo 351° del Código Procesal Civil. Para la investigación desarrollada es inevitable hablar del abandono procesal y no mencionar a las pretensiones imprescriptibles, señaladas expresamente en el Código Civil; dos figuras jurídicas que según el ordenamiento legal peruano no proceden en conjunto. Desde este punto de partida, la investigación tuvo como objetivo determinar el criterio de interpretación de los jueces civiles del Distrito Judicial de Huaura respecto del abandono de las pretensiones imprescriptibles durante el periodo 2016-2018. Se ha desarrolla una investigación empírica, que mediante el análisis de expedientes, encuestas de tipo cerradas y entrevista a expertos, han permitido realizar un contraste entre el criterio de interpretación utilizado por los jueces civiles del Distrito Judicial de Huaura en los casos de abandono de pretensiones imprescriptibles; el mismo que versa solo en la aplicación literal de la norma, que se confrontan a criterios de interpretación más profundos que admiten la procedencia del abandono ante la inercia procesal. Es así que la protección de las pretensiones imprescriptibles que generan implícitamente los jueces civiles se torna innecesaria, toda vez que la declaración de procedencia del abandono no vulnera de ninguna forma el fondo de la pretensión, pues el derecho del accionante se mantiene intacto en el tiempo; sin ningún tipo de afectación jurídica