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La inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 112 de la Constitución Política del Perú por vulneración del derecho al sufragio pasivo reconocido en la Convención Americana sobre derechos humanos
Fecha
2021Autor
Estrada Pantoja, Eder Jhon
Institución
Resumen
La presente investigación tiene como objetivo analizar las implicancias jurídico-políticas de
la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 112 de la Constitución Política del
Perú por vulneración del derecho al sufragio pasivo reconocido en la Convención Americana
sobre Derechos Humanos.
Basándonos en un diseño de investigación de abordaje general o considerado estratégico
asemejado al diseño propio de las investigaciones jurídicas, conocido como “Diseño
Propositivo”. Siendo a su vez un tipo de investigación que por su enfoque se corresponde en
ser una “Investigación Descriptiva”. Apoyándose además la presente investigación en
métodos como el “Inductivo” que va de lo particular a lo general, el “Método Descriptivo”
que se refiere a determinados hechos o fenómenos actuales, entre otros.
De acuerdo a los resultados de la investigación se llegó a las siguientes conclusiones: Existen
implicancias jurídicas y políticas de la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo
112 de la Constitución Política del Perú que vulneran el derecho al sufragio pasivo
reconocido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Constitución y la
legislación deben de interpretarse de manera coherente con la CADH y la jurisprudencia
interamericana, que, a diferencia del entendimiento de la Corte Constitucional, han afirmado
con claridad que la restricción del ejercicio de los derechos políticos no es convencional si
proviene de una autoridad distinta a un juez penal. Los derechos políticos han sido
conceptualizados como el conjunto de condiciones que posibilitan al ciudadano a participar
en la vida política, siendo que estos derechos lo que deseas es constituir una relación entre
ciudadano y el estado. La inconstitucionalidad es oposición de un acto o norma legal,
gubernamental o administrativa, a lo que prescribe una norma constitucional, siendo ello que
existe una vulneración al derecho al sufragio pasivo. Con la modificación del artículo 112
de nuestra Constitución Política del Perú, que señala que no existe la reelección inmediata,
se puede interpretar que se estaría limitando el derecho de todo ciudadano al no permitírsele
realizar la reelección inmediata cuando ya esté terminando su periodo de mandato de los
gobernantes. La incompatibilidad entre la norma y la Constitución no constituye el objeto
principal del fallo, sino que suministra únicamente una de las premisas de la decisión. Al
declarar la inconstitucionalidad, el Tribunal no revoca ni invalida la ley. Simplemente se
abstiene de aplicarla. El control de inconstitucionalidad es muy amplio, especialmente
considerando la flexible interpretación a la que la ley fundamental estadounidense se ve
generalmente sometida y la competencia de la jurisdicción constitucional no debe limitarse
al control de la constitucionalidad de las leyes, sino que ha de extenderse a los reglamentos
que tienen fuerza de ley, como los reglamentos de necesidad, a los tratados internacionales.
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