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El desempeño de las rondas campesinas y el derecho de defensa en la provincia de Recuay
Autor
Pérez Huachuhuillca, Ever
Resumen
La presente tesis tiene por objetivo tratar el problema derivado del conflicto existente de la
aplicación del modelo de justicia de las rondas campesinas y el derecho de defensa de las
personas en la Provincia de Recuay, el nivel de conocimiento tiene las Rondas Campesinas de
los derechos humanos son las causas que determinan la vulneración de estos derechos en sus
intervenciones y las causas que generan el conflicto al aplicar la justicia por las Rondas
Campesinas entre la Autoridad del Estado, tampoco se ve la coordinación.
Se determina la vulnerabilidad en la aplicación del modelo de justicia de las Rondas
Campesinas en la Provincia de Recuay, respuesta a esta investigación ha arrojado sobre el
desconocimiento del Ordenamiento Jurídico; los datos demuestran que la mayoría de ronderos
encuestados no tienen conocimiento de lo que se trata y otro grupo manifiestan que si tienen
información; por lo tanto debemos entender que en la Provincia de Recuay se prioriza el ente
colectivo más que el individual por este lado se presentan problemas de comprensión y
afianzamiento y sensibilización de conceptos en relación a la práctica consuetudinaria.
En efecto, el Art. 149o de la Constitución Política del Perú de 1993 reconoce facultad
jurisdiccional a los Ronderos a través de la Ley No 27908 que el Estado Peruano establece una
Ley de Rondas Campesinas la misma que se encuentra vigente y que fue publicada en el diario
oficial. El peruano el 07 de enero de 2003, sin embargo, no es suficiente, para que se avoquen
al conocimiento o juzgamiento de delitos, faltas o cuestiones civiles, amparadas en las
costumbres que cometen abusos sexuales, maltratatos físicos, psicológicos, asesinatos, robos y
hurto de ganados y abusos excesivos que en muchas ocasiones han puesto en grave peligro la
vida e integridad física de las personas obligadas a someterse a su competencia. Porque los
Ronderos están para garantizar la seguridad de sus comunidades.El trabajo de investigación se trata de las rondas campesinas situados en otras regiones del
país, para poder tratar en detalle el caso específico de las rondas campesinas de la Provincia de
Recuay, donde existe vulneración del derecho de defensa y se ha determinado que la principal
causa de intervención de las rondas, se produjo como consecuencia de la comisión de delitos en
agravio de la comunidad campesina, en especial por el delito de hurto de ganado, existiendo una
costumbre arraigada por castigo ante los actos contrarios a los integrantes de la comunidad,
ahora bien el castigo físico: golpes, ahorcamientos, látigos y hacer pasear desnudo alrededor de
la plaza de armas (Violación al derecho a la integridad física y psíquica) y la retención ( Derecho
a la Libertad).
Las Rondas Campesinas como organizaciones rurales suelen aplicar la Justicia Comunal
como sustento Jurídico consuetudinario, sin embargo durante las intervenciones los Ronderos
vulneran los derechos humanos de los intervenidos por cometer actos contrarios a la Comunidad
así como pueden cometerse ilícitos penales dentro de la perspectiva de la Justicia Formal; es
aquí donde se ve afectado el derecho de defensa, Derecho fundamental e imprescriptible en un
debido proceso, que permite al imputado hacer frente al sistema penal en una formal
contradicción con igualdad de armas.