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Resolución Nº 0283-2015/CEB-INDECOPI
Fecha
2015-07-17Registro en:
56-2015/CEB
Autor
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Institución
Resumen
Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas impuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Expreso La Florida S.R.L.: (i) El mantenimiento de la suspensión del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la red vial nacional. (ii) La suspensión del otorgamiento de nuevas habilitaciones técnicas de infraestructura complementaria de transporte en tanto no se aprueben las normas complementarias al Reglamento Nacional de Administración de Transporte. (iii) La exigencia de contar con un patrimonio neto mínimo de 1 000 UIT, como requisito para acceder y permanecer en el mercado del servicio de transporte público regular de personas de ámbito nacional. (iv) La exigencia de presentar un estudio de factibilidad de mercado, financiero y de gestión, como requisito para prestar el servicio de transporte público regular de personas de ámbito nacional en rutas que tengan como origen y/o destino a la provincia de Lima Metropolitana y/o Callao, establecida en el numeral 1) del artículo 39º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte. (v) La exigencia de que las autorizaciones para prestar el servicio de transportes en la red vial nacional se otorguen conforme a los informes elaborados por el Observatorio de Transporte Terrestre, materializada en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.